Fracción II Artículo 16: – Coordinación de Ecología, Parques y Jardines

Artículo 16. Además de lo señalado en el artículo anterior, los siguientes  sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

b) Los objetivos, metas y acciones contenidas en sus programas.

e) Hipervínculo a la información

e) Planes y programas de ordenamiento territorial

e) Planes y programas de ordenamiento ecológico

Fuente y/o Responsable: Coordinación de Ecología, Parques y Jardines
Fecha de Validación: 23 de enero de 2025
Fecha de Actualización: 23 de enero de 2025
Periodo de Publicación: Anual

Última actualización: 23/01/2025 por Coordinación de Ecología, Parques y Jardines