Fracción II Artículo 16: – Imagen Urbana

Artículo 16. Además de lo señalado en el artículo anterior, los siguientes  sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

b) Los objetivos, metas y acciones contenidas en sus programas.

  • Jefatura de Imagen Urbana
  • anual

Fuente y/o Responsable: Jefatura de Imagen Urbana
Fecha de Validación: 31 de marzo de 2023
Fecha de Actualización: 31 de diciembre de 2023
Periodo de Publicación: Trimestral

Última actualización: 16/02/2024 por imagenurbana